viernes, 17 de junio de 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

CAÑETE AL DIA.-ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014- 2011-MDM

Mala, 14 de Junio del 2011

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MALA

POR CUANTO:
En sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 14 de junio del 2011, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que reglamenta el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2012;

CONSIDERANDO:
Que, en sesión de la fecha, se trató y debatió el proyecto de Ordenanza que reglamenta el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2012 en el distrito de Mala, instrumento de administración y gestión que se formula y ejecuta conforme a la ley y de acuerdo al Planteamiento Prospectivo.

De conformidad con la Constitución Política; artículo 9, inciso 8), 40 y 53 de la Ley N° 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley N° 27783- de Bases de Descentralización y sus modificatorias; Ley 28056- Marco del Presupuesto Participativo y modificatoria; Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 142-2009-EF; Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados; y con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de Mala ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA
QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 EN EL DISTRITO DE MALA

CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES

Artículo 1°.- Objeto de la Ordenanza.
Reglamentar el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2012 en el distrito de Mala.

Artículo 2°.- Alcances.
El presente reglamento involucra a las autoridades y funcionarios del Gobierno Local, miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, dirigentes de organizaciones sociales, representantes de instituciones públicas y privadas, Consejo Escolar Municipal y Comité Distrital Juvenil del distrito de Mala.

CAPÍTULO II
FASE DE PREPARACIÓN PARA EL PROCESO

Artículo 3°.- Planeamiento y Organización.
La Alta Dirección y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad desarrollarán las tareas y acciones siguientes:

a.- Equipo Técnico, conformado por el Gerente de Planificación y Presupuesto, quien lo presidirá; el Gerente de Desarrollo Urbano, el Gerente de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana; un consultor externo; y dos profesionales con experiencia en planeamiento y proyectos de inversión pública de la sociedad civil. El Equipo Técnico se encargará de capacitar a los Agentes Participantes; preparar la información para los talleres, evaluar técnica y financieramente los proyectos de inversión, presentar la lista de proyectos que superaron la evaluación, conducir la elección del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2012 y elaborar el «Documento del Presupuesto Participativo 2012».

b.- Identificar los nuevos problemas que afectan a la población, instituciones y sectores en el marco de una actualización del Diagnóstico y Visión de Desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado al 2021.

c.- Recopilar y preparar información sobre el estado de ejecución de los proyectos y sobre los compromisos asumidos por la sociedad civil el año pasado.

d.- Seleccionar una cartera de proyectos a nivel de perfil y expedientes técnicos que estén incorporados en el SNIP y que respondan con el mayor impacto a la solución de los problemas del distrito.

e.- Difundir mediante el portal municipal el contenido mínimo de un perfil (Formato y anexo SNIP) y la estandarización de precios para los presupuestos delos Proyectos de Inversión Pública para facilitar la elaboración y presentación de los proyectos de inversión pública por parte de los Agentes Participantes.

Artículo 4° Convocatoria.
La municipalidad en coordinación con el CCLD convocará a la población organizada para su participación en el proceso del Presupuesto Participativo 2012 mediante adecuados medios de comunicación en concordancia con el cronograma.

Artículo 5°.- Identificación y Registro de Agentes Participantes.
La Gerencia de Participación Ciudadana aperturará el Registro de los Agentes Participantes elegidos para el proceso del Presupuesto Participativo 2012 en concordancia con el cronograma.

a.- Requisitos para el registro de Agentes Participantes.
. Solicitud simple dirigía al alcalde, señalando la dirección de la organización o institución y su ubicación dentro de la jurisdicción del distrito.
. Acta de asamblea de la organización social donde se elige al Agente Participante.
. Formato de inscripción de agentes participantes.
. Copia del DNI del Agente Participante con dirección en el distrito de Mala. (Para representantes de organizaciones sociales).

b.- Plazos para el registro de participantes.
El registro se inicia y concluye de acuerdo al cronograma. La solicitud de registro se presentará en mesa de partes de la municipalidad adjuntando los documentos señalados en el acápite anterior. La Gerencia de Participación Ciudadana hará entrega de la credencial.
En casos existiera observaciones en la documentación presentada y dichas observaciones no fueran subsanadas dentro del plazo de ley, se procederá a denegar la solicitud de inscripción.
En caso se declare fundada la tacha contra el Agente Participante, la organización o su representante podrá interponer los recursos administrativos de reconsideración o apelación, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley N° 27444 – General del Procedimiento Administrativo, los que serán resueltos por la Gerencia Municipal.

c.- Funciones de los agentes participantes.
. Participar con voz y voto en los talleres del proceso.
. Presentar proyectos de inversión a nivel de perfil o perfil con expediente técnico, de impacto distrital, interzonal o zonal.
. Elegir a los integrantes del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2012.
. Suscribir el acta de formalización de acuerdos y compromisos.

Artículo 6° Capacitación de los Agentes Participantes.
Se realizarán talleres de capacitación en temas referidos a: «Importancia y fases del Presupuesto Participativo», «Presentación del Planeamiento Prospectivo del Distrito de Mala», «Cultura tributaria para el desarrollo local», «La Seguridad ciudadana en el desarrollo local»

CAPÍTULO III
FASE DE CONCERTACIÓN

Artículo 7.- Identificación y priorización de problemas.
En este taller el Equipo Técnico presenta los principales y nuevos problemas que afectan a la población, instituciones y sectores del distrito por líneas estratégicas, en el marco de una actualización del diagnóstico, para opinión y priorización por los Agentes Participantes.
Asimismo presenta la visión de desarrollo actualizada al 2021 para su validación en el marco del proceso participativo.

Artículo 8°.- Presentación de proyectos de inversión pública.
Cada Agente Participante presentará la ficha de su perfil o perfil con expediente técnico por mesa de partes de la municipalidad dirigido al Equipo Técnico, de acuerdo con el cronograma del proceso.

Artículo 9°.- Evaluación técnica de los proyectos.
Los perfiles presentados de acuerdo a los contenidos mínimos del SNIP serán evaluados por el Equipo Técnico bajo los criterios siguientes: Nivel técnico del proyecto presentado, cantidad de líneas estratégicas del PIP que enmarca el proyecto, tamaño del problema a solucionar con el proyecto, población beneficiada con el proyecto, volumen de beneficiarios que radican en el distrito, grado de morosidad promedio de los dos últimos años de los beneficiarios en tributos municipales, monto de la inversión del proyecto, oferta de cofinanciamiento para el proyecto, nivel de cumplimiento de los cofinanciamiento anteriores, número de intervenciones en el ámbito del proyecto, cuenta con saneamiento físico legal, habilitación urbana, y con servicios básicos el espacio físico del proyecto, así como el acta del acuerdo comunal para la sostenibilidad del proyecto.

Artículo 10°.- Priorización de proyectos de inversión.
En este taller el Equipo Técnico presenta el listado de proyectos priorizados que superaron la evaluación técnica, con sus presupuestos estimados y fuentes de financiamiento.
Las modificaciones que planteen los Agentes Participantes deben ser justificadas, las que serán recepcionadas y avaluadas por el Equipo Técnico e informadas a dichos Agentes Participantes.
Los proyectos priorizados serán incluidos en el «Acta de acuerdos y compromisos» para su respectiva suscripción por los Agentes Participantes.

Artículo 11°.- Elecciones del Comité de Vigilancia.
Para vigilar el cumplimiento de los acuerdos concertados en el proceso del Presupuesto Participativo 2012. La asamblea de Agentes Participantes elegirá a cuatro de sus integrantes para conformar el «Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2012». El equipo técnico será el encargado de dirigir el proceso de elección.

Artículo 12°.- Funciones del Comité de Vigilancia.
a.- Vigilar el cumplimiento del Presupuesto Participativo 2012.
b.- Informar al CCLD y otras dependencias públicas en casos de incumplimiento de los acuerdos.

CAPÍTULO IV
FASE DE FORMALIZACIÓN

Artículo 13°.- Rendición de cuentas.
En este escenario el titular del pliego informa a los Agentes Participantes sobre los acuerdos y compromisos asumidos por la municipalidad y la sociedad civil en el año anterior.

Artículo 14°.- Articulación de proyectos priorizados al PIA.
Los proyectos de inversión pública priorizados en proceso y que constituyen parte del «Acta de acuerdos y compromisos «serán articulados al Presupuesto Institucional de Apertura del Ejercicio Presupuestario del 2012».

Artículo 15°.- Remisión del resultado del proceso al CCLD.
El «Documento Presupuesto Participativo 2012» será remitido en original al presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD para que distribuya a sus integrantes.

CAPÍTULO V
DISPOSICIONES TRANSITORIA Y COMPLEMENTARIAS

Primera.- Cronograma del Proceso.
El alcalde está facultado a modificar en caso necesario mediante Decreto de Alcaldía el cronograma del Proceso 2012 que forma parte de esta Ordenanza en Anexo.

Segunda.- Facultad reglamentaria.
El alcalde queda facultado para dictar, mediante decreto de alcaldía, las normas reglamentarias a la presente Ordenanza.

Tercera.- Celebración de convenios.
El alcalde queda autorizado a firmar convenios, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, con instituciones públicas y privadas que permitan garantizar la probidad, legalidad y transparencia del proceso Participativo 2012, así como con organismos no gubernamentales (ONG) cuya finalidad sea capacitar y apoyar dicho proceso.

Cuarta.- Aplicación supletoria de normas.
Cualquier norma relacionada al proceso de programación participativa, aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas u otro organismo del Estado, posterior a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se aplicará en forma supletoria.

Quinta.- Facultad de soluciones no previstas.
Cualquier situación no prevista en la presente Ordenanza será resuelta por el Equipo Técnico, en el marco del reglamento de la Ley 28056.

Sexta.- Encárguese a la Gerencia Municipal velar por el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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